Técnico superior en Agencias de Viajes [derogado]
el .
Programar, organizar, operar y controlar viajes combinados, vender derechos de uso de servicios turísticos, administrar unidades o departamentos específicos de agencias de viajes, y participar en el desarrollo de sus programas comerciales.
Descripción
Este título fue sustituido por el de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos (Real Decreto 1254/2009).
Identificación
Ciclo: Grado Superior
Denominación: Técnico superior en Agencias de Viajes
Unidades de competencia incluidas en este título:
- Vender derechos de uso de servicios turísticos y de viajes, y programar, organizar, operar y controlar viajes combinados.
- Llevar a cabo la gestión administrativa interna y la externa derivada de las relaciones económicas con clientes y proveedores.
- Organizar y controlar unidades de producción o departamentos específicos de agencias de viajes.
- Organizar, ejecutar y controlar el desarrollo de acciones comerciales de agencia de viajes en la unidad o departamento de su responsabilidad.
Capacidades profesionales
a) | Interpretar las demandas informativas y solicitudes de servicios que planteen los clientes. Adoptar actitudes de empatía y facilitación. Buscar, analizar e interpretar la información específica para trasladarla a los solicitantes de forma que resulte comprensible. |
b) | Reservar y vender derechos de uso de servicios y productos turísticos y de viajes, calculando y determinando tarifas y precios y emitiendo los documentos de confirmación y/o pago correspondientes. |
c) | Organizar, operar y controlar viajes combinados y otros conjuntos complejos de prestaciones como viajes de grupos, viajes de incentivos, congresos y eventos, etcétera. |
d) | Seleccionar servicios y elaborar ofertas que satisfagan las necesidades y expectativas de los clientes. |
e) | Desarrollar la gestión administrativa propia de las agencias de viajes, tanto la de carácter interno como la derivada de las relaciones económicas con clientes y proveedores. Interpretar correctamente los aspectos contable-administrativos y los procesos específicos de estos establecimientos. |
f) | Analizar datos, hechos y circunstancias y sacar de ellos conclusiones que permitan hacer previsiones fundamentadas y realistas. |
g) | Administrar unidades de producción o departamentos específicos de agencias de viajes, desarrollando o ejecutando programas de actuación, organizando con eficacia los recursos y el tiempo disponible, integrando al personal a su cargo y controlando los resultados de la actividad. |
h) | Participar en la elaboración de los programas de acción comercial propios de las agencias de viajes, y en la organización, ejecución y control de su desarrollo, detectando las oportunidades del mercado. |
i) | Organizar y dirigir el trabajo de otros técnicos de nivel inferior. |
j) | Saber adaptarse a los diversos puestos de trabajo propios de estos establecimientos y otras empresas mediadoras-comercializadoras del subsector |
k) | Comunicarse, al menos, en dos lenguas extranjeras, oralmente y por escrito, con clientes y proveedores. |
l) | Saber conducirse en los procesos de comunicación internos y externos, debiendo tener un buen dominio de las técnicas de comunicación y de negociación, así como una capacidad de motivar y estimular a sus colaboradores. |
m) | Tener suficiente capacidad de integración para trabajar en equipo. |
n) | Saber intervenir activamente en procesos de decisión de forma creativa y positiva, desarrollando un espíritu crítico constructivo y aportando soluciones alternativas. |
o) | Aceptar un elevado grado de responsabilidad, incluso en los puestos de menor nivel de entre los que podrá ocupar este técnico, por los efectos económicos que pueden producir a la empresa los errores en el proceso de gestión. Desde el punto de vista de la gestión, esto supone ser capaz de establecer procedimientos muy bien determinados y enunciados, delimitar con precisión áreas de responsabilidad y establecer controles estrictos. |
Formación
Convalidaciones entre módulos profesionales establecidos en el título de Técnico Superior en Agencias de Viajes, al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 y los establecidos en el título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006
Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOGSE 1/1990): Agencias de viajes | Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOE 2/2006): Agencias de Viajes y Gestión de Eventos |
Producción y venta de servicios turísticos en agencias de viajes. | 0398. Venta de servicios turísticos. 0397. Gestión de productos turísticos. |
Gestión económico-administrativa en agencias de viajes. Organización y control en agencias de viajes. |
0399. Dirección de entidades de intermediación turística. 0402. Empresa e iniciativa emprendedora. |
Comercialización de productos y servicios turísticos. | 0173. Marketing turístico. 0171. Estructura del mercado turístico. |
Lengua extranjera. | 0179. Inglés. |
Segunda lengua extranjera. | 0180. Segunda lengua extranjera. |
Formación en centro de trabajo. | 0403. Formación en centros de trabajo. |
Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación
Módulos profesionales superados | Unidades de competencia acreditables |
---|---|
0398. Venta de servicios turísticos. | UC0266_3. Vender servicios turísticos y viajes. |
0399. Dirección de entidades de intermediación turística. | UC0267_2. Desarrollar la gestión económico-administrativa de agencias de viajes. UC0268_3. Gestionar unidades de información y distribución turísticas. |
0397. Gestión de productos turísticos. | UC1055_3. Elaborar y operar viajes combinados, excursiones y traslados. |
0172. Protocolo y relaciones públicas. | UC1056_3. Gestionar eventos. |
0384. Recursos turísticos. | UC1069_3. Interpretar el patrimonio y bienes de interés cultural del ámbito de actuación a turistas y visitantes. UC1070_3. Interpretar espacios naturales y otros bienes de interés natural del ámbito de actuación a turistas y visitantes. |
0179. Inglés. | UC1057_2. Comunicarse en inglés, con un nivel de usuario independiente, en las actividades turísticas. UC1072_3. Comunicarse en inglés, con un nivel de usuario competente, en los servicios turísticos de guía y animación. |
0180. Segunda lengua extranjera. | UC1073_3. Comunicarse en una lengua extranjera distinta del inglés, con un nivel de usuario competente, en los servicios turísticos de guía y animación. |
0173. Marketing turístico. | UC1074_3. Gestionar información turística. |
Normativa
- Orden EDU/393/2010, de 20 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos (Boletín Oficial del Estado, núm. 49 de 25 de febrero de 2010).
- Real Decreto 1254/2009, de 24 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos y se fijan sus enseñanzas mínimas (Boletín Oficial del Estado, núm. 215 de 5 de septiembre de 2009).
- Real Decreto 2215/1993, de 17 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico superior en Agencias de Viajes y las correspondientes enseñanzas mínimas [Disposición derogada] (Boletín Oficial del Estado, núm. 43 de 19 de febrero de 1994).
- Orden de 13 de octubre de 2010, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 231 de 25 de noviembre de 2010).
- Decreto 128/1994, de 7 de junio, por el que se establecen las Enseñanzas Correspondientes al Título de Formación Profesional de Técnico Superior en Agencias de Viajes en la Comunidad Autónoma de Andalucía (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 116 de 27 de julio de 1994).
- ORDEN de 14 de julio de 2010, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece el currículo del título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos para la Comunidad Autónoma de Aragón (Boletín Oficial de Aragón num 158 de 12 de Agosto de 2010).
- DECRETO 193/1996, de 1 de agosto, por el que se establece el currículo del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Agencias de Viajes. (Boletín Oficial de Canarias, num 107 de 26 de Agosto de 1996).
- Orden EDU/76/2010, de 4 de octubre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos en la Comunidad Autónoma de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria, num 197 de 13 de Octubre de 2010).
- DECRETO 57/2010, de 9 de diciembre, por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos en la Comunidad de Castilla y León. (Boletín Oficial de Castilla y León, num 240/2010 de 15 de Diciembre de 2010).
- Decreto 211/2010, de 19 de noviembre, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos en la Comunidad Autónoma de Extremadura (Diario Oficial de Extremadura, núm. 227 de 25 de noviembre de 2010).
- Decreto 172/2010, de 23 de septiembre, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en agencias de viajes y gestión de eventos (Diario Oficial de Galicia, núm. 203 de 21 de octubre de 2010).
- Decreto 299/1999, de 14 de octubre, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en agencias de viajes (Diario Oficial de Galicia, núm. 226 de 23 de noviembre de 1999).
- Decreto 8/2010, de 18 de marzo, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 89 de 15 de abril de 2010).
- Orden de 15 de marzo de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo por la que se establece el currículo del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondiente al Título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de eventos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Boletín Oficial de la Región de Murcia, núm. 70 de 24 de marzo de 2012).
- Decreto 334/2010, de 14 de diciembre, por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos (Boletín Oficial del País Vasco, núm. 116 de 20 de junio de 2011).
- Orden 18/2011 de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se establece la estructura básica del currículo del ciclo formativo de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos y su aplicación en la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja, núm. 133 de 19 de octubre de 2011).
- Orden 33/2012, de 22 de junio, de la , por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos (Diario Oficial de la Comunitat Valenciana, núm. 6811 de 5 de julio de 2012).