Título Profesional Básico en Cocina y Restauración
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La competencia general de este título consiste en realizar con autonomía, las operaciones básicas de preparación y conservación de elaboraciones culinarias sencillas en el ámbito de la producción en cocina y las operaciones de preparación y presentación de alimentos y bebidas en establecimientos de restauración y catering, asistiendo en los procesos de servicio y atención al cliente, siguiendo los protocolos de calidad establecidos, observando las normas de higiene, prevención de riesgos laborales y protección medioambiental, con responsabilidad e iniciativa personal y comunicándose de forma oral y escrita en lengua castellana y en su caso en la lengua cooficial propia así como en alguna lengua extranjera.
Descripción
Este título sustituye al derogado PCPI de Ayudante de Cocina (Orden ECI/2755/2007).
Descripción
Identificación
Identificación del título
- Ciclo
- Formación Básica
- Denominación
- Título Profesional Básico en Cocina y Restauración
Cualificaciones y unidades de competencia comprendidas en este ciclo formativo
- UC0255_1 » Ejecutar operaciones básicas de aprovisionamiento, preelaboración y conservación culinarios.
- UC0256_1 » Asistir en la elaboración culinaria y realizar y presentar preparaciones sencillas.
- UC0257_1 » Asistir en el servicio de alimentos y bebidas.
- UC0258_1 » Ejecutar operaciones básicas de aprovisionamiento, y preparar y presentar bebidas sencillas y comidas rápidas.
- UC1090_1 » Realizar las operaciones de recepción y lavado de mercancías procedentes de servicios de catering.
- UC1329_1 » Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente.
- UC0546_1 » Realizar operaciones de limpieza y de higiene general en equipos e instalaciones y de apoyo a la protección ambiental en la industria alimentaria, según las instrucciones recibidas.
Competencias
a) | Realizar las operaciones básicas de recepción, almacenamiento y distribución de materias primas en condiciones idóneas de mantenimiento hasta su utilización, a partir de las instrucciones recibidas y los protocolos establecidos. |
b) | Poner a punto el lugar de trabajo, preparando los recursos necesarios y lavando materiales, menaje, utillaje y equipos para garantizar su uso posterior en condiciones óptimas higiénico-sanitarias. |
c) | Ejecutar los procesos básicos depreelaboración y/o regeneración que sea necesario aplicar a las diferentes materias primas, en función de sus características y la adecuación a sus posibles aplicaciones. |
d) | Aplicar técnicas culinarias sencillas para obtener preparaciones culinarias elementales y de múltiples aplicaciones, teniendo en cuenta la estandarización de los procesos. |
e) | Terminar y presentar elaboraciones sencillas de cocina de acuerdo a la definición de los productos y protocolos establecidos para su conservación o servicio. |
f) | Colaborar en la realización del servicio en cocina y en los distintos tipos de servicio de alimentos y bebidas teniendo en cuenta las instrucciones recibidas y el ámbito de la ejecución. |
g) | Ejecutar los procesos de envasado y/o conservación de acuerdo a las normas establecidas para preservar su calidad y evitar riesgos alimentarios. |
h) | Ejecutar las operaciones de preservicio y/o postservicio necesarios para el desarrollo de las actividades de producción y/o prestación de servicios, teniendo en cuenta el ámbito de su ejecución y la estandarización de los procesos. |
i) | Realizar procesos de preparación y presentación de elaboraciones sencillas de alimentos y bebidas, de acuerdo a la definición de los productos, instrucciones recibidas y protocolos establecidos, para su conservación o servicio. |
j) | Preparar los servicios de montaje de catering y distribuir materias primas y equipos para su uso o conservación. |
k) | Asistir en las actividades de servicio y atención al cliente, teniendo en cuenta las instrucciones recibidas, el ámbito de la ejecución y las normas establecidas. |
l) | Atender y comunicar las posibles sugerencias y reclamaciones efectuadas por los clientes en el ámbito de su responsabilidad, siguiendo las normas establecidas. |
m) | Resolver problemas predecibles relacionados con su entorno físico, social, personal y productivo, utilizando el razonamiento científico y los elementos proporcionados por las ciencias aplicadas y sociales. |
n) | Actuar de forma saludable en distintos contextos cotidianos que favorezcan el desarrollo personal y social, analizando hábitos e influencias positivas para la salud humana. |
o) | Valorar actuaciones encaminadas a la conservación del medio ambiente diferenciando las consecuencias de las actividades cotidianas que pueda afectar al equilibrio del mismo. |
p) | Obtener y comunicar información destinada al autoaprendizaje y a su uso en distintos contextos de su entorno personal, social o profesional mediante recursos a su alcance y los propios de las tecnologías de la información y de la comunicación. |
q) | Actuar con respeto y sensibilidad hacia la diversidad cultural, el patrimonio histórico-artístico y las manifestaciones culturales y artísticas, apreciando su uso y disfrute como fuente de enriquecimiento personal y social. |
r) | Comunicarse con claridad, precisión y fluidez en distintos contextos sociales o profesionales y por distintos medios, canales y soportes a su alcance, utilizando y adecuando recursos lingüísticos orales y escritos propios de la lengua castellana y, en su caso, de la lengua cooficial. |
s) | Comunicarse en situaciones habituales tanto laborales como personales y sociales utilizando recursos lingüísticos básicos en lengua extranjera. |
t) | Realizar explicaciones sencillas sobre acontecimientos y fenómenos característicos de las sociedades contemporáneas a partir de información histórica y geográfica a su disposición. |
u) | Adaptarse a las nuevas situaciones laborales originadas por cambios tecnológicos y organizativos en su actividad laboral, utilizando las ofertas formativas a su alcance y localizando los recursos mediante las tecnologías de la información y la comunicación. |
v) | Cumplir las tareas propias de su ni vel con autonomía y responsabilidad, empleando criterios de calidad y eficiencia en el trabajo asignado y efectuándolo de forma individual o como miembro de un equipo. |
w) | Comunicarse eficazmente, respetando la autonomía y competencia de las distintas personas que intervienen en su ámbito de trabajo, contribuyendo a la calidad del trabajo realizado. |
x) | Asumir y cumplir las medidas de prevención de riesgos y seguridad laboral en la realización de las actividades laborales evitando daños personales, laborales y ambientales. |
y) | Cumplir las normas de calidad, de accesibilidad universal y diseño para todos que afectan a su actividad profesional. |
z) | Actuar con espíritu emprendedor, inicia tiva personal y responsabilidad en la elección de los procedimientos de su actividad profesional. |
aa) | Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural. |
Formación
Módulos Profesionales de este ciclo formativo
Código | Denominación | Duración |
---|---|---|
Sin código | Tutoría | 65 horas |
Sin código | Tutoría | 50 horas |
3005 | Atención al cliente | 65 horas |
3009 | Ciencias aplicadas I | 160 horas |
3011 | Comunicación y sociedad I | 160 horas |
3012 | Comunicación y sociedad II | 190 horas |
3034 | Técnicas elementales de preelaboración | 190 horas |
3035 | Procesos básicos de producción culinaria | 190 horas |
3036 | Aprovisionamiento y conservación de materias primas e higiene en la manipulación | 130 horas |
3037 | Técnicas elementales de servicio | 160 horas |
3038 | Procesos básicos de preparación de alimentos y bebidas | 130 horas |
3039 | Preparación y montaje de materiales para colectividades y catering | 110 horas |
3041 | Formación en centros de trabajo | 240 horas |
3042 | Ciencias aplicadas II | 160 horas |
Total: 2000 horas |
Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación
Módulos profesionales superados | Unidades de competencia acreditables |
---|---|
3034. Técnicas elementales de preelaboración | UC0255_1. Ejecutar operaciones básicas de aprovisionamiento, preelaboración y conservación culinarios. |
3035. Procesos básicos de producción culinaria | UC0256_1. Asistir en la elaboración culinaria y realizar y presentar preparaciones sencillas. |
3036. Aprovisionamiento y conservación de materias primas e higiene en la manipulación | UC0546_1. Realizar operaciones de limpieza y de higiene general en equipos e instalaciones y de apoyo a la protección ambiental en la industria alimentaria, según las instrucciones recibidas. |
3037. Técnicas elementales de servicio | UC0257_1. Asistir en el servicio de alimentos y bebidas. |
3038. Procesos básicos de preparación de alimentos y bebidas | UC0258_1. Ejecutar operaciones básicas de aprovisionamiento, y preparar y presentar bebidas sencillas y comidas rápidas. |
3039. Preparación y montaje de materiales para colectividades y catering | UC1090_1. Realizar las operaciones de recepción y lavado de mercancías procedentes de servicios de catering. |
3005. Atención al cliente | UC1329_1. Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente. |
Normativa
- Orden ECD/1030/2014, de 11 de junio, por la que se establecen las condiciones de implantación de la Formación Profesional Básica y el currículo de catorce ciclos formativos de estas enseñanzas en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (Boletín Oficial del Estado, núm. 147 de 18 de Junio de 2014).
- Orden ECI/2755/2007, de 31 de julio, por la que se regulan los programas de cualificación profesional inicial que se desarrollen en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Ciencia (Boletín Oficial del Estado, núm. 231 de 26 de septiembre de 2007).
- Orden ECD/1030/2014, de 11 de junio, por la que se establecen las condiciones de implantación de la Formación Profesional Básica y el currículo de catorce ciclos formativos de estas enseñanzas en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte [Título Profesional Básico en Servicios Administrativos; Título Profesional Básico en Electricidad y Electrónica; Título Profesional Básico en Fabricación y Montaje; Título Profesional Básico en Informática y Comunicaciones; Título Profesional Básico en Cocina y Restauración; Título Profesional Básico en Mantenimiento de Vehículos; Título Profesional Básico en Agrojardinería y Composiciones Florales; Título Profesional Básico en Peluquería y Estética; Título Profesional Básico en Servicios Comerciales; Título Profesional Básico en Carpintería y Mueble; Título Profesional Básico en Reforma y Mantenimiento de Edificios; Título Profesional Básico en Arreglo y Reparación de Artículos Textiles y de Piel; Título Profesional Básico en Tapicería y Cortinaje; Título Profesional Básico en Vidriería y Alfarería] (Boletín Oficial del Estado, núm. 147 de 18 de Junio de 2014).
- Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación [Título Profesional Básico en Servicios Administrativos; Título Profesional Básico en Electricidad y Electrónica; Título Profesional Básico en Fabricación y Montaje; Título Profesional Básico en Informática y Comunicaciones; Título Profesional Básico en Cocina y Restauración; Título Profesional Básico en Mantenimiento de Vehículos; Título Profesional Básico en Agrojardinería y Composiciones Florales; Título Profesional Básico en Peluquería y Estética; Título Profesional Básico en Servicios Comerciales; Título Profesional Básico en Carpintería y Mueble; Título Profesional Básico en Reforma y Mantenimiento de Edificios; Título Profesional Básico en Arreglo y Reparación de Artículos Textiles y de Piel; Título Profesional Básico en Tapicería y Cortinaje; Título Profesional Básico en Vidriería y Alfarería] (Boletín Oficial del Estado, núm. 55 de 5 de marzo de 2014).
- Decreto 107/2014, de 4 de septiembre, por el que se regulan aspectos específicos de la formación profesional básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en Galicia y se establecen veintiún currículos de títulos profesionales básicos [Título Profesional Básico en Servicios Administrativos; Título Profesional Básico en Electricidad y Electrónica; Título Profesional Básico en Fabricación y Montaje; Título Profesional Básico en Informática y Comunicaciones; Título Profesional Básico en Cocina y Restauración; Título Profesional Básico en Mantenimiento de Vehículos; Título Profesional Básico en Agrojardinería y Composiciones Florales; Título Profesional Básico en Peluquería y Estética; Título Profesional Básico en Servicios Comerciales; Título Profesional Básico en Carpintería y Mueble; Título Profesional Básico en Reforma y Mantenimiento de Edificios; Título Profesional Básico en Arreglos y Reparación de Artículos Textiles y de Piel; Título Profesional Básico en Tapicería y Cortinaje; Título Profesional Básico en Vidriería y Alfarería; Título Profesional Básico en Actividades Agropecuarias; Título Profesional Básico en Actividades Marítimo-pesqueras; Título Profesional Básico en Alojamiento y Lavandería; Título Profesional Básico en Aprovechamientos Forestales; Título Profesional Básico en Artes Gráficas; Título Profesional Básico en Industrias Alimentarias; Título Profesional Básico en Informática de Oficina] (Diario Oficial de Galicia, núm. 175 de 15 de septiembre de 2014).
- Decreto 107/2014, de 11 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Formación Profesional Básica en la Comunidad de Madrid y se aprueba el Plan de Estudios de veinte títulos profesionales básicos [Título Profesional Básico en Servicios Administrativos; Título Profesional Básico en Electricidad y Electrónica; Título Profesional Básico en Fabricación y Montaje; Título Profesional Básico en Informática y Comunicaciones; Título Profesional Básico en Cocina y Restauración; Título Profesional Básico en Mantenimiento de Vehículos; Título Profesional Básico en Agro-jardinería y Composiciones Florales; Título Profesional Básico en Peluquería y Estética; Título Profesional Básico en Servicios Comerciales; Título Profesional Básico en Carpintería y Mueble; Título Profesional Básico en Reforma y Mantenimiento de Edificios; Título Profesional Básico en Arreglo y Reparación de Artículos Textiles y de Piel; Título Profesional Básico en Tapicería y Cortinaje; Título Profesional Básico en Vidriería y Alfarería; Título Profesional Básico en Actividades Agropecuarias; Título Profesional Básico en Aprovechamientos Forestales; Título Profesional Básico en Artes Gráficas; Título Profesional Básico en Alojamiento y Lavandería; Título Profesional Básico en Industrias Alimentarias; Título Profesional Básico en Informática de Oficina] (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 219 de 15 de septiembre de 2014).
- Decreto n.º 12/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las condiciones de implantación de la Formación Profesional Básica y el currículo de trece ciclos formativos de estas enseñanzas y se establece la organización de los programas formativos profesionales en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia [Título Profesional Básico en Servicios Administrativos; Título Profesional Básico en Electricidad y Electrónica; Título Profesional Básico en Fabricación y Montaje; Título Profesional Básico en Informática y Comunicaciones; Título Profesional Básico en Cocina y Restauración; Título Profesional Básico en Mantenimiento de Vehículos; Título Profesional Básico en Agro-jardinería y Composiciones Florales; Título Profesional Básico en Peluquería y Estética; Título Profesional Básico en Servicios Comerciales; Título Profesional Básico en Carpintería y Mueble; Título Profesional Básico en Tapicería y Cortinaje; Título Profesional Básico en Alojamiento y Lavandería; Título Profesional Básico en Informática de Oficina] (Boletín Oficial de la Región de Murcia, núm. 39 de 17 de febrero de 2015).
- Decreto 185/2014, de 31 de octubre, del Consell, por el que se establecen veinte currículos correspondientes a los ciclos formativos de Formación Profesional Básica en el ámbito de la Comunitat Valenciana [Título Profesional Básico en Servicios Administrativos; Título Profesional Básico en Electricidad y Electrónica; Título Profesional Básico en Fabricación y Montaje; Título Profesional Básico en Informática y Comunicaciones; Título Profesional Básico en Cocina y Restauración; Título Profesional Básico en Mantenimiento de Vehículos; Título Profesional Básico en Agrojardinería y Composiciones Florales; Título Profesional Básico en Peluquería y Estética; Título Profesional Básico en Servicios Comerciales; Título Profesional Básico en Carpintería y Mueble; Título Profesional Básico en Reforma y Mantenimiento de Edificios; Título Profesional Básico en Arreglo y Reparación de Artículos Textiles y de Piel; Título Profesional Básico en Tapicería y Cortinaje; Título Profesional Básico en Vidriería y Alfarería; Título Profesional Básico en Actividades Agropecuarias; Título Profesional Básico en Aprovechamientos Forestales; Título Profesional Básico en Artes Gráficas; Título Profesional Básico en Alojamiento y Lavandería; Título Profesional Básico en Industrias Alimentarias; Título Profesional Básico en Informática de Oficina] (Diario Oficial de la Comunitat Valenciana, núm. 7395 de 4 de noviembre de 2014).