Título Profesional Básico en Alojamiento y Lavandería
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La competencia general del título consiste en realizar con autonomía la limpieza y puesta a punto de las habitaciones en alojamientos turísticos o de otra índole y de las áreas comunes de éstos, cuidando el buen estado de instalaciones y mobiliario, así como realizar las operaciones de clasificación, lavado y limpieza de artículos textiles en instalaciones industriales, asistiendo en los procesos de servicio y atención al cliente, siguiendo los protocolos de calidad establecidos, observando las normas de higiene, prevención de riesgos laborales y protección medioambiental, con responsabilidad e iniciativa personal y comunicándose de forma oral y escrita en lengua castellana y, en su caso, en la lengua cooficial propia, así como en alguna lengua extranjera.
Descripción
Identificación
Identificación del título
- Ciclo
- Formación Básica
- Denominación
- Título Profesional Básico en Alojamiento y Lavandería
Cualificaciones y unidades de competencia comprendidas en este ciclo formativo
- UC0706_1 » Preparar y poner a punto habitaciones, zonas nobles y áreas comunes.
- UC0707_1 » Realizar las actividades de lavado de ropa propias de establecimientos de alojamiento.
- UC0708_1 » Realizar las actividades de planchado y arreglo de ropa, propias de establecimientos de alojamiento.
- UC0434_1 » Recepcionar, clasificar y preparar la ropa para su limpieza.
- UC0435_1 » Realizar el lavado acuoso de ropa.
- UC0436_1 » Realizar el lavado en seco de ropa.
- UC0437_1 » Realizar el secado, planchado y embolsado de ropa.
- UC1090_1 » Realizar las operaciones de recepción y lavado de mercancías procedentes de servicios de catering.
- UC1329_1 » Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente.
Competencias
a) | Preparar y poner a punto habitaciones, zonas nobles y áreas comunes, cumpliendo las normas de seguridad y los requisitos de calidad y protección del medioambiente. |
b) | Colaborar los servicios de montaje de catering y distribución de materias primas y equipos para su uso o conservación. |
c) | Seleccionar y acopiar materiales y productos textiles para la limpieza yarreglos de prendas de vestir y ropa de hogar, de acuerdo con las etiquetas decomposición y conservación. |
d) | Realizar los procesos de lavado acuoso y/o de limpieza en seco de artículos textiles, así como el secado, planchado, embolsado y almacenado de los artículos tratados en instalaciones industriales, aplicando el proceso, los métodos y los productos establecidos. |
e) | Realizar las actividades de lavado, planchado y acabado de ropa propia de los establecimientos de alojamiento, cumpliendo las normas de seguridad y los requisitos de calidad y protección del medioambiente. |
f) | Arreglar prendas de vestir o artículos de hogar, aplicando las técnicas especícas básicas de confección textil, asegurando el acabado requerido. |
g) | Recoger de forma selectiva los materiales de desecho o residuos en condiciones de higiene y seguridad, preservando y protegiendo el medio ambiente. |
h) | Atender al cliente, demostrando interés y preocupación por resolver satisfactoriamente sus necesidades. |
i) | Utilizar las normas de cortesía en su relación con los clientes, teniendo en cuenta la imagen corporativa de la empresa o centro de trabajo. |
j) | Resolver problemas predecibles relacionados con su entorno físico, social, personal y productivo, utilizando el razonamiento cientíco y los elementos proporcionados por las ciencias aplicadas y sociales. |
k) | Actuar de forma saludable en distintos contextos cotidianos que favorezcan el desarrollo personal y social, analizando hábitos e influencias positivas para la salud humana. |
l) | Valorar actuaciones encaminadas a la conservación del medio ambiente diferenciando las consecuencias de las actividades cotidianas que pueda afectar al equilibrio del mismo. |
m) | Obtener y comunicar información destinada al autoaprendizaje y a su uso en distintos contextos de su entorno personal, social o profesional mediante recursos a su alcance y los propios de las tecnologías de la información y de la comunicación. |
n) | Actuar con respeto y sensibilidad hacia la diversidad cultural, el patrimonio histórico-artístico y las manifestaciones culturales y artísticas, apreciando su uso y disfrute como fuente de enriquecimiento personal y social. |
o) | Comunicarse con claridad, precisión y fluidez en distintos contextos sociales o profesionales y por distintos medios, canales y soportes a su alcance, utilizando y adecuando recursos lingüísticos orales y escritos propios de la lengua castellana y, en su caso, de la lengua cooficial. |
p) | Comunicarse en situaciones habituales tanto laborales como personales y sociales utilizando recursos lingüísticos básicos en lengua extranjera. |
q) | Realizar explicaciones sencillas sobre acontecimientos y fenómenos característicos de las sociedades contemporáneas a partir de información histórica y geográfica a su disposición. |
r) | Adaptarse a las nuevas situaciones laborales originadas por cambios tecnológicos y organizativos en su actividad laboral, utilizando las ofertas formativas a su alcance y localizando los recursos mediante las tecnologías de la información y la comunicación. |
s) | Cumplir las tareas propias de su nivel con autonomía y responsabilidad, empleando criterios de calidad y eficiencia en el trabajo asignado y efectuándolo de forma individual o como miembro de un equipo. |
t) | Comunicarse eficazmente, respetando la autonomía y competencia de las distintas personas que intervienen en su ámbito de trabajo, contribuyendo a la calidad del trabajo realizado. |
u) | Asumir y cumplir las medidas de prevención de riesgos y seguridad laboral en la realización de las actividades laborales evitando daños personales, laborales y ambientales. |
v) | Cumplir las normas de calidad, de accesibilidad universal y diseño para todos que afectan a su actividad profesional. |
w) | Actuar con espíritu emprendedor, iniciativa personal y responsabilidad en la elección de los procedimientos de su actividad profesional. |
x) | Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural. |
Formación
Módulos Profesionales de este ciclo formativo
Código | Denominación | Duración |
---|---|---|
Sin código | Tutoría | 65 horas |
Sin código | Tutoría | 50 horas |
3005 | Atención al cliente | 65 horas |
3009 | Ciencias aplicadas I | 160 horas |
3011 | Comunicación y sociedad I | 160 horas |
3012 | Comunicación y sociedad II | 190 horas |
3039 | Preparación y montaje de materiales para colectividades y catering | 110 horas |
3042 | Ciencias aplicadas II | 160 horas |
3077 | Materiales y productos textiles | 95 horas |
3093 | Lavado y secado de ropa | 130 horas |
3094 | Planchado y embolsado de ropa | 130 horas |
3130 | Puesta a punto de habitaciones y zonas comunes en alojamiento | 220 horas |
3131 | Lavandería y mantenimiento de lencería en el alojamiento | 225 horas |
3132 | Formación en centros de trabajo | 240 horas |
Total: 2000 horas |
Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación
Módulos profesionales superados | Unidades de competencia acreditables |
---|---|
3130. Puesta a punto de habitaciones y zonas comunes en alojamiento | UC0706_1. Preparar y poner a punto habitaciones, zonas nobles y áreas comunes. |
3077. Materiales y productos textiles | UC0434_1. Recepcionar, clasificar y preparar la ropa para su limpieza. |
3093. Lavado y secado de ropa | UC0435_1. Realizar el lavado acuoso de ropa. UC0436_1. Realizar el lavado en seco de ropa. |
3094. Planchado y embolsado de ropa | UC0437_1. Realizar el secado, planchado y embolsado de ropa. |
3131. Lavandería y mantenimiento de lencería en el alojamiento | UC0707_1. Realizar las actividades de lavado de ropa propias de establecimientos de alojamiento. UC0708_1. Realizar las actividades de planchado y arreglo de ropa, propias de establecimientos de alojamiento. |
3039. Preparación y montaje de materiales para colectividades y catering | UC1090_1. Realizar las operaciones de recepción y lavado de mercancías procedentes de servicios de catering. |
3005. Atención al cliente | UC1329_1. Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente. |
Normativa
- Orden ECD/1633/2014, de 11 de septiembre, por la que se establece el currículo de siete ciclos formativos de formación profesional básica en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte [Título Profesional Básico en Actividades Agropecuarias; Título Profesional Básico en Aprovechamientos Forestales; Título Profesional Básico en Artes Gráficas; Título Profesional Básico en Alojamiento y Lavandería; Título Profesional Básico en Industrias Alimentarias; Título Profesional Básico en Actividades Marítimo-Pesqueras; Título Profesional Básico en Informática de Oficina] (Boletín Oficial del Estado, núm. 223 de 13 de septiembre de 2014,).
- Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional [Título Profesional Básico en Actividades Agropecuarias; Título Profesional Básico en Aprovechamientos Forestales; Título Profesional Básico en Artes Gráficas; Título Profesional Básico en Alojamiento y Lavandería; Título Profesional Básico en Industrias Alimentarias; Título Profesional Básico en Actividades Marítimo-Pesqueras; Título Profesional Básico en Informática de Oficina] (Boletín Oficial del Estado, núm. 130 de 29 de mayo de 2014).
- Decreto 75/2014, de 01/08/2014, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de Formación Profesional Básica, correspondiente al Título Profesional Básico en Alojamiento y Lavandería, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 150 de 6 de agosto de 2014).
- Orden EDU/930/2014, de 28 de octubre, por la que se establece el currículo correspondiente al título profesional básico en Alojamiento y Lavandería en la Comunidad de Castilla y León (Boletín Oficial de Castilla y León, núm. 214 de 6 de noviembre de 2014).
- Decreto 107/2014, de 4 de septiembre, por el que se regulan aspectos específicos de la formación profesional básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en Galicia y se establecen veintiún currículos de títulos profesionales básicos [Título Profesional Básico en Servicios Administrativos; Título Profesional Básico en Electricidad y Electrónica; Título Profesional Básico en Fabricación y Montaje; Título Profesional Básico en Informática y Comunicaciones; Título Profesional Básico en Cocina y Restauración; Título Profesional Básico en Mantenimiento de Vehículos; Título Profesional Básico en Agrojardinería y Composiciones Florales; Título Profesional Básico en Peluquería y Estética; Título Profesional Básico en Servicios Comerciales; Título Profesional Básico en Carpintería y Mueble; Título Profesional Básico en Reforma y Mantenimiento de Edificios; Título Profesional Básico en Arreglos y Reparación de Artículos Textiles y de Piel; Título Profesional Básico en Tapicería y Cortinaje; Título Profesional Básico en Vidriería y Alfarería; Título Profesional Básico en Actividades Agropecuarias; Título Profesional Básico en Actividades Marítimo-pesqueras; Título Profesional Básico en Alojamiento y Lavandería; Título Profesional Básico en Aprovechamientos Forestales; Título Profesional Básico en Artes Gráficas; Título Profesional Básico en Industrias Alimentarias; Título Profesional Básico en Informática de Oficina] (Diario Oficial de Galicia, núm. 175 de 15 de septiembre de 2014).
- Decreto 107/2014, de 11 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Formación Profesional Básica en la Comunidad de Madrid y se aprueba el Plan de Estudios de veinte títulos profesionales básicos [Título Profesional Básico en Servicios Administrativos; Título Profesional Básico en Electricidad y Electrónica; Título Profesional Básico en Fabricación y Montaje; Título Profesional Básico en Informática y Comunicaciones; Título Profesional Básico en Cocina y Restauración; Título Profesional Básico en Mantenimiento de Vehículos; Título Profesional Básico en Agro-jardinería y Composiciones Florales; Título Profesional Básico en Peluquería y Estética; Título Profesional Básico en Servicios Comerciales; Título Profesional Básico en Carpintería y Mueble; Título Profesional Básico en Reforma y Mantenimiento de Edificios; Título Profesional Básico en Arreglo y Reparación de Artículos Textiles y de Piel; Título Profesional Básico en Tapicería y Cortinaje; Título Profesional Básico en Vidriería y Alfarería; Título Profesional Básico en Actividades Agropecuarias; Título Profesional Básico en Aprovechamientos Forestales; Título Profesional Básico en Artes Gráficas; Título Profesional Básico en Alojamiento y Lavandería; Título Profesional Básico en Industrias Alimentarias; Título Profesional Básico en Informática de Oficina] (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 219 de 15 de septiembre de 2014).
- Decreto n.º 12/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las condiciones de implantación de la Formación Profesional Básica y el currículo de trece ciclos formativos de estas enseñanzas y se establece la organización de los programas formativos profesionales en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia [Título Profesional Básico en Servicios Administrativos; Título Profesional Básico en Electricidad y Electrónica; Título Profesional Básico en Fabricación y Montaje; Título Profesional Básico en Informática y Comunicaciones; Título Profesional Básico en Cocina y Restauración; Título Profesional Básico en Mantenimiento de Vehículos; Título Profesional Básico en Agro-jardinería y Composiciones Florales; Título Profesional Básico en Peluquería y Estética; Título Profesional Básico en Servicios Comerciales; Título Profesional Básico en Carpintería y Mueble; Título Profesional Básico en Tapicería y Cortinaje; Título Profesional Básico en Alojamiento y Lavandería; Título Profesional Básico en Informática de Oficina] (Boletín Oficial de la Región de Murcia, núm. 39 de 17 de febrero de 2015).
- Decreto 185/2014, de 31 de octubre, del Consell, por el que se establecen veinte currículos correspondientes a los ciclos formativos de Formación Profesional Básica en el ámbito de la Comunitat Valenciana [Título Profesional Básico en Servicios Administrativos; Título Profesional Básico en Electricidad y Electrónica; Título Profesional Básico en Fabricación y Montaje; Título Profesional Básico en Informática y Comunicaciones; Título Profesional Básico en Cocina y Restauración; Título Profesional Básico en Mantenimiento de Vehículos; Título Profesional Básico en Agrojardinería y Composiciones Florales; Título Profesional Básico en Peluquería y Estética; Título Profesional Básico en Servicios Comerciales; Título Profesional Básico en Carpintería y Mueble; Título Profesional Básico en Reforma y Mantenimiento de Edificios; Título Profesional Básico en Arreglo y Reparación de Artículos Textiles y de Piel; Título Profesional Básico en Tapicería y Cortinaje; Título Profesional Básico en Vidriería y Alfarería; Título Profesional Básico en Actividades Agropecuarias; Título Profesional Básico en Aprovechamientos Forestales; Título Profesional Básico en Artes Gráficas; Título Profesional Básico en Alojamiento y Lavandería; Título Profesional Básico en Industrias Alimentarias; Título Profesional Básico en Informática de Oficina] (Diario Oficial de la Comunitat Valenciana, núm. 7395 de 4 de noviembre de 2014).