Técnico en Cocina [derogado]
el .
Ejecutar todas las operaciones de manipulación, preparación, conservación y presentación de toda clase de alimentos, confeccionar ofertas gastronómicas y apoyar las actividades de servicio, consiguiendo la calidad y objetivos económicos establecidos y aplicando en todo momento las normas y prácticas de seguridad e higiene.
Descripción
Este título fue sustituido por el de Técnico en Cocina y Gastronomía (Real Decreto 1396/2007).
Identificación
Ciclo: Grado Medio
Denominación: Técnico en Cocina
Unidades de competencia inluidas en este título:
- Confeccionar ofertas gastronómicas, realizar el aprovisionamiento y controlar consumos.
- Manipular en crudo y conservar toda clase de alimentos.
- Preparar y presentar elaboraciones básicas y platos elementales.
- Preparar y presentar productos de pastelería y repostería.
- Montar servicios tipo, o análogos, preparar alimentos y bebidas a la vista del cliente y apoyar las actividades de servicio.
- Preparar y presentar diferentes tipos de platos de la cocina regional, nacional, internacional y creativa.
- Realizar la administración, gestión y comercialización de una pequeña empresa o taller.
Capacidades profesionales
a) | Elaborar todo tipo de comidas y bebidas no alcohólicas en cualquier tipo de establecimientos, áreas o departamentos de restauración, adaptándose a las más diversas circunstancias. |
b) | Elaborar platos a partir de la investigación propia, desarrollando la iniciativa y creatividad personal y la capacidad de improvisacion. |
c) | Montar servicios tipo |
d) | Ejecutar el servicio con elegancia y precisión cuando se elabore el plato o la bebida a la vista del cliente, o se colabore en las actividades de servicio. |
e) | Planificar y elaborar ofertas gastronómicas, en colaboración con el personal de comedor, de manera que se puedan satisfacer las expectativas de la clientela y los objetivos económicos del establecimiento, área o departamento. |
f) | Realizar el aprovisionamiento y el control de consumos de alimentos y bebidas con precisión, orden, sentido de la rentabilidad económica y honradez. |
g) | Mantener, adecuar y utilizar instalaciones, equipos, géneros y preparaciones culinarias en condiciones de máxima seguridad e higiene, desplegando un alto sentido de la responsabilidad. |
h) | En general, el Técnico en Cocina debe realizar todas sus funciones con la máxima atención, pulcritud y destreza, desarrollando plenamente su sentido artístico. Asimismo, en todo momento deberá respetar las normas de seguridad e higiénico-sanitarias vigentes para el sector. |
i) | Administrar y gestionar una pequeña empresa de restauración y comercializar los productos, cumpliendo las obligaciones legales que le afectan. |
j) | Poseer una visión de conjunto y coordinada de las fases del proceso en el que está involucrado. |
k) | Adaptarse a diversos puestos de trabajo dentro de los procesos culinarios y a nuevas situaciones laborales, generadas como consecuencia de los cambios producidos en las técnicas relacionadas con su profesión. |
l) | Mantener relaciones fluidas con los miembros del grupo funcional en el que está integrado, colaborando en la consecución de los objetivos asignados al grupo, respetando el trabajo de los demás, participando activamente en la organización y desarrollo de tareas colectivas y cooperando en la superación de las dificultades que se presenten con una actitud tolerante hacia las ideas de los compañeros y subordinados. |
m) | Ejecutar un conjunto de acciones de contenido politécnico y polifuncional de forma autónoma en el marco de las técnicas propias de su profesión y bajo métodos establecidos. |
Formación
Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos en el título de Técnico en Cocina al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 y los establecidos en el título de Técnico en Cocina y Gastronomía al amparo de la Ley Orgánica 2/2006.
Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOGSE 1/1990): Cocina | Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOE 2/2006): Cocina y Gastronomía |
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Ofertas gastronómicas y sistemas de aprovisionamiento. | 0045. Ofertas gastronómicas. |
Preelaboración y conservación de alimentos. | 0046. Preelaboración y conservación de alimentos. |
Técnicas culinarias. | 0047. Técnicas culinarias. |
Repostería. | 0026. Procesos básicos de pastelería y repostería. |
0028. Postres en restauración. | |
Elaboraciones y productos culinarios. | 0048. Productos culinarios. |
Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa. | 0050. Empresa e iniciativa emprendedora. |
Formación en centro de trabajo. | 0051. Formación en centros de trabajo. |
Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación
Módulos profesionales superados | Unidades de competencia acreditables |
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0045. Ofertas gastronómicas | UC0259_2. Definir ofertas gastronómicas sencillas, realizar el aprovisionamiento y controlar consumos. UC0709_2. Definir ofertas sencillas de repostería, realizar el aprovisionamiento interno y controlar consumos. |
0046. Preelaboración y conservación de alimentos | UC0260_2. Preelaborar y conservar toda clase de alimentos. |
0047. Técnicas culinarias | UC0261_2. Preparar elaboraciones básicas de múltiples aplicaciones y platos elementales. |
0026. Procesos básicos de pastelería y repostería | UC0262_2. Preparar y presentar los platos más significativos de las cocinas regionales de España y de la cocina internacional. |
0026. Procesos básicos de pastelería y repostería | UC0306_2. Realizar y/o controlar las operaciones de elaboración de masas, pastas y productos básicos de múltiples aplicaciones para pastelería-repostería. |
0028. Postres en restauración | UC0710_2. Elaborar y presentar productos hechos a base de masas y pastas, postres de cocina y helados. |
0031. Seguridad e higiene en la manipulación de alimentos | UC0036_2. Aplicar la normativa de seguridad, higiene y protección del medio ambiente en la industria panadera. UC0310_2. Aplicar la normativa de seguridad, higiene y protección del medio ambiente en la industria alimentaria. UC0711_2. Actuar bajo normas de seguridad, higiene y protección ambiental en hostelería. |
Normativa
- Orden ESD/3408/2008, de 3 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Cocina y Gastronomía (Boletín Oficial del Estado, núm. 287 de 28 de noviembre de 2008).
- Real Decreto 1396/2007, de 29 de octubre, por el que se establece el título de Técnico en Cocina y Gastronomía y se fijan sus enseñanzas mínimas (Boletín Oficial del Estado, núm. 281 de 23 de noviembre de 2007).
- Real Decreto 146/1994, de 4 de febrero, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Cocina [Disposición derogada] (Boletín Oficial del Estado, núm. 63 de 15 de marzo de 1994).
- Real Decreto 2219/1993, de 17 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico en Cocina y las correspondientes enseñanzas mínimas (Boletín Oficial del Estado, núm. 60 de 11 de marzo de 1994).
- Orden de 9 de octubre de 2008, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al título de Técnico en Cocina y Gastronomía (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 236 de 27 de noviembre de 2008).
- Decreto 129/1994, de 7 de junio, por el que se establecen las Enseñanzas correspondientes al título de Formación Profesional de Técnico en Cocina en la Comunidad Autónoma de Andalucía (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 118 de 29 de julio de 1994).
- Orden de 26 de julio de 2011 de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se modifica diversos currículos de Ciclos Formativos de Formación Profesional [Técnico Superior en Educación Infantil; Técnico Superior en Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad; Técnico en Cocina y Gastronomía; Técnico Superior en Vitivinicultura; Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos; Técnico Superior en Química Industrial; Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica; Técnico Superior en Construcciones Metálicas; Técnico Superior en Programación de la Producción en Fabricación Mecánica; Técnico Superior en Patronaje y Moda; Técnico Superior en Automoción; Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes; Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos; Técnico Superior en Diseño en Fabricación Mecánica] (Boletín Oficial de Aragón, num. 171 de 30 de agosto de 2011).
- Orden de 24 de julio de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece el currículo del título de Técnico en Cocina y Gastronomía para la Comunidad Autónoma de Aragón (Boletín Oficial de Aragón, núm. 123 de 12 de agosto de 2008).
- Decreto 101/2008, de 23 de septiembre, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio de Formación Profesional de Cocina y Gastronomía [Técnico en Cocina y Gastronomía] (Boletín Oficial del Principado de Asturias, num 232 de 4 de Octubre de 2008).
- Orden EDU/84/2008, de 17 de septiembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Cocina y Gastronomía en la Comunidad Autónoma de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria, num 187 de 26 de Septiembre de 2008).
- Decreto 227/2008, de 16/09/2008, Consejo de Gobierno, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al titulo de Técnico en Cocina y Gastronomía en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 194 de 19 de septiembre de 2008).
- DECRETO 62/2008, de 28 de agosto, por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico en Cocina y Gastronomía en la Comunidad de Castilla y León. (Continúa en Suplemento). (Boletín Oficial de Castilla y León, num 170/2008 de 3 de Septiembre de 2008).
- Decreto 52/2013, de 22 de enero, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio de cocina y gastronomía [Técnico en Cocina y Gastronomía] (Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, núm. 6301 de 25 de enero de 2013).
- Decreto 170/2008, de 1 de agosto, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio de Técnico en Cocina y Gastronomía en la Comunidad Autónoma de Extremadura (Diario Oficial de Extremadura, núm. 154 de 8 de agosto de 2008).
- Decreto 218/2008, de 25 de septiembre, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en cocina y gastronomía (Diario Oficial de Galicia, núm. 194 de 7 de octubre de 2008).
- Decreto 147/1999, de 23 de abril, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en cocina (Diario Oficial de Galicia, núm. 99 de 26 de mayo de 1999).
- Decreto 147/1999, de 23 de abril, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en cocina (Diario Oficial de Galicia, núm. 99 de 26 de mayo de 1998).
- Decreto 96/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Cocina y Gastronomía (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 180 de 30 de julio de 2008).
- Orden de 5 de noviembre de 2010, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Cocina y Gastronomía en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Boletín Oficial de la Región de Murcia, núm. 265 de 16 de noviembre de 2010).
- Decreto Foral 92/2008, de 25 de agosto, por el que se establecen la estructura y el currículo del título de Técnico en Cocina y Gastronomía en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (Boletín Oficial de Navarra, núm. 129 de 22 de octubre de 2008).
- Decreto Foral 227/1996, de 27 de mayo, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio, correspondiente al título de Técnico en Cocina en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (Boletín Oficial de Navarra, núm. 157 de 27 de diciembre de 1996 ).
- Decreto 431/2009, de 30 de junio, por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico de Cocina y Gastronomía [Técnico en Cocina y Gastronomía] (Boletín Oficial del País Vasco, núm. 156 de 17 de agosto de 2009).
- Decreto 13/2010, de 26 de febrero, por el que se establece la estructura básica del currículo del ciclo formativo de Técnico en Cocina y Gastronomía y su aplicación en la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja, núm. 28 de 5 de marzo de 2010).
- Decreto 13/2010, de 26 de febrero, por el que se establece la estructura básica del currículo del ciclo formativo de Técnico en Cocina y Gastronomía y su aplicación en la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja, núm. 28 de 5 de marzo de 2010).
- Orden de 29 de julio de 2009, de la , por la que se establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Cocina y Gastronomía (Diario Oficial de la Comunitat Valenciana, núm. 6094 de 3 de septiembre de 2009).