Competencia general
Gestionar y comercializar alojamientos rurales, de modo que se consigan los objetivos económicos y de calidad establecidos, se presten los servicios básicos de alojamiento, restauración e información y se asegure el buen estado de las instalaciones, respetando las normas y prácticas de seguridad e higiene y de protección ambiental.
Identificación
Identificación del certificado
Código: HOTU0109
Cualificación asociada: HOT326_2 » Alojamiento rural.
Unidades de competencia que comprende esta cualificación
- UC0711_2 » Actuar bajo normas de seguridad, higiene y protección ambiental en hostelería.
- UC1042_2 » Gestionar y comercializar servicios propios del alojamiento rural
- UC1043_2 » Gestionar y realizar el servicio de recepción en alojamientos propios de entornos rurales y/o naturales
- UC1044_2 » Preparar y servir desayunos, elaboraciones culinarias sencillas y platos significativos de la zona
- UC1045_2 » Asegurar el mantenimiento y condiciones de uso de espacios, instalaciones y dotación en alojamientos rurales
Entorno profesional
Ámbito profesional
Desarrolla su actividad en alojamientos turísticos situados en entornos rurales, como casas o apartamentos, albergues y hoteles rurales, u otros establecimientos de semejante naturaleza, como propietario que gestiona, presta el servicio o asegura su prestación, o como empleado cualificado que realiza sus funciones bajo la dependencia del propietario o superior jerárquico correspondiente.
Sectores productivos
Esta cualificación se sitúa en el sector de hostelería y, especialmente, en el subsector de alojamiento turístico en el medio rural, aunque también puede ubicarse en sectores tales como el educativo o el de servicios sociales, en cuyo marco se engloban determinados tipos de alojamientos rurales no turísticos
Ocupaciones
Ocupaciones
- Gestor de alojamientos rurales
- Empleado de hostelería rural
Normativa
Normativa de referencia
- Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de trece cualificaciones profesionales de la familia profesional hostelería y turismo (Boletín Oficial del Estado, núm. 5 de 5 de enero de 2008).